Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa,
modificó el artículo 6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para definir
el currículo como la regulación de los elementos que determinan los procesos de
enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas. El currículo estará integrado
por los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa; las competencias, o capacidades
para activar y aplicar de forma integrada los contenidos propios de cada enseñanza y
etapa educativa, para lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz
de problemas complejos; los contenidos, o conjuntos de conocimientos, habilidades,
destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa
educativa y a la adquisición de competencias; la metodología didáctica, que comprende
tanto la descripción de las prácticas docentes como la organización del trabajo de los
docentes; los estándares y resultados de aprendizaje evaluables; y los criterios de
evaluación del grado de adquisición de las competencias y del logro de los objetivos de
cada enseñanza y etapa educativa...