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Comunicado de APOCLAM sobre la situación de la orientación en Castilla-La Mancha 2021

Desde APOCLAM (Asociación Profesional de Orientadores de Castilla-La Mancha), queremos exponer algunas cuestiones que consideramos de especial interés para la educación de nuestra región en general y sobre todo para nuestro colectivo en particular, y que hemos puesto desde hace tiempo en conocimiento de la Administración Educativa, pero a día de hoy siguen sin resolverse.

La cuestión central es los déficits de nuestro modelo de orientación, estructurado en tres niveles de intervención: la tutoría como primer nivel; como segundo nivel los Equipos de Orientación y Apoyo y los Departamentos de Orientación; y un tercer nivel referido a la Red de Asesoramiento y Apoyo a la Orientación, Convivencia e Inclusión Educativa que favorezca la calidad educativa (artículo 25 del Decreto 66/2013 y artículo 32 del Decreto 85/2018), definido desde 2013 pero sin desarrollar.

Tanto la LOE modificada con LOMLOE, a nivel nacional, como la Ley 7/2010 de Educación de Castilla-La Mancha, a nivel regional, destacan la orientación como uno de los elementos clave del servicio educativo y esto no puede mantenerse si no se implementa un modelo organizado y secuenciado que dé cabida a todas las actuaciones que sustentan la orientación educativa.

Con la publicación del Decreto 85/2018 el cambio de modelo se hace más evidente, encontrando discrepancias significativas entre lo normativo y los recursos existentes en la práctica. Se pretende pasar de un modelo de atención a la diversidad a un modelo de inclusión educativa, pero sin atajar importantes incumplimientos en todos los niveles de orientación enumerados:

  1. La tutoría, destacada como primer nivel de orientación y actuación clave y coordinada Orientación-Tutor/a, pero sin hora lectiva para su desarrollo en el aula, ni complementaria para tutores en todos los niveles y cursos del sistema educativo (no aparece en Educación Primaria ni en cursos terminales como 4º de la ESO y toda la estructura del bachillerato). Esta ausencia, acusada por profesionales, familias y alumnado, dificulta la orientación más directa y preventiva con todo el alumnado. Es una demanda realizada desde hace varios cursos y leyes, oída y compartida por la Administración, pero nunca resuelta.

  2. Con respecto al segundo nivel de orientación, la figura del especialista en Orientación Educativa experimenta distinto reconocimiento y valoración por parte de la Administración Educativa en función de su centro de trabajo. En los Equipos de Orientación y Apoyo en ocasiones aparece adscrita a un centro educativo, a pesar de tener que atender a varios, denominando esto zona de intervención y sin ser reconocida la itinerancia. Además, las condiciones laborales no corresponden con el cuerpo por el que se accede (cuerpo de enseñanzas medias-profesores de enseñanza secundaria) implicando distintos perjuicios a nivel laboral, salarial de reconocimiento de derechos y de valoración de nuestra labor profesional (equiparar jefatura de departamento a coordinación de equipo, condiciones para acceder a cargos directivos, etc.). Además, la demanda social actual, exige cada vez más la necesidad de incorporar recursos como un segundo orientador/a en centros de más de 700 alumnos/as y más figuras de plantilla en los equipos como son los PTSC con alta demanda en equipos y departamentos, pero muy poco generalizada.

  3. Del tercer nivel de asesoramiento técnico no existe nada concreto. En el recuerdo están los Centros Territoriales de Recursos para la Orientación, la Atención a la Diversidad y la Interculturalidad como estructura externa de asesoramiento y coordinación, con una composición interdisciplinar regulados en la Orden de 16 de mayo de 2005 (DOCM 26-05-05) y que desaparecieron 5 años después con toda la inversión que supusieron y sin valorar su alcance real. Como hemos indicado, en el Decreto 85/2018 se nombra la Red de Asesoramiento y Apoyo a la Orientación, Convivencia e Inclusión Educativa, sin especificar quiénes la forman ni cómo se va a ejercer ese asesoramiento. Se habla que la forman los SAAE de cada CEE y las unidades de convivencia e inclusión educativa de las distintas provincias, pero no viene establecido en normativa y además sería insuficiente llegar, con esos recursos, a cubrir ese tercer nivel con la calidad que requiere. La coordinación de la orientación de zona requiere de la buena voluntad de compañeros voluntarios, sin reconocimiento, horario o remuneración extra, y el trabajo de unos asesores provinciales insuficientes y desbordados por la cantidad de trabajo.

 

Para concluir, indicar que es necesario contar con un plan estratégico de mejora de la inclusión educativa (artículo 36 del Decreto 85/2018). Pero no puede depender únicamente de la figura del orientador/a y los especialistas de apoyo (en caso de que los haya) como ocurre en la mayoría de los centros educativos. Es necesario reforzar el carácter inclusivo y multidisciplinar de la atención educativa, aumentando los profesionales de los equipos y departamentos de orientación, y favoreciendo la coordinación con otros servicios.

Exigimos a la Administración que se centre en estas necesidades y que la educación sea un arma de transformación social en Castilla-La Mancha, siendo la orientación educativa una herramienta útil al servicio de la comunidad educativa y dándole el lugar que merece como factor de calidad educativa, tal y como se recoge en el artículo 2.2 de la LOE modificada por LOMLOE.

Medidas como la hora de tutoría, reconocimiento de coordinaciones, itinerancias y adscripciones, y otros, no requieren inversión, son medidas demandadas desde hace tiempo y solo necesitan voluntad política y normativa que lo apoye.

Medidas de aumento de recursos humanos, sí requieren algo de inversión, pero se hace en cumplimiento de un derecho, de una demanda social y de la norma vigente, por lo que defendemos que es justo, necesario y urgente.

 

Abril de 2021.

Junta directiva de APOCLAM.

 

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